Convocatoria pública para elegir representantes de la Sociedad Civil de Chubut ante el Consejo Federal de Discapacidad
La elección se llevará a cabo mediante una asamblea el lunes 26 de febrero próximo, a través de una plataforma digital. Las organizaciones que trabajan en la temática de la discapacidad y aspiren a representar a la provincia tendrán plazo hasta el jueves 22 para inscribirse y presentar la documentación requerida, escribiendo al correo electrónico discapacidadsalud@gmail.com.

09 de febrero de 2024
La Secretaría de Salud del Chubut, a través de la Dirección Provincial de Atención Integral de la Discapacidad, llama a convocatoria pública a elecciones a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de y para personas con discapacidad que aspiren a representar a la provincia ante el Consejo Federal de Discapacidad (COFEDIS), según lo estable la Ley Nacional N° 24.657/96.
La elección se llevará a cabo mediante una asamblea el lunes 26 de febrero próximo, a las 11:30 horas, a través de la plataforma digital Meet, en la cual se elegirán un representante titular y un representante suplente entre las OSC participantes.
El representante titular electo iniciará sus funciones en la primera Asamblea del COFEDIS del corriente año.
Los interesados, también conocidos como Organismos No Gubernamentales (ONG), tendrán plazo para inscribirse y presentar la documentación requerida hasta el jueves 22 de febrero.
Requisitos
Las Organizaciones de la Sociedad Civil participantes tendrán que cumplir con una serie de requisitos, cuya acreditación debe realizarse enviando la documentación pertinente al correo electrónico discapacidadsalud@gmail.com, sin excepción.
Los requisitos son:
1). Hallarse inscriptos en el Registro Nacional y/o Provincial de Personas Jurídicas, y que dicha inscripción se encuentre vigente. La constancia que acredite el cumplimiento de dicho trámite deberá haberse expedido, como máximo, dentro de los 6 meses anteriores a la elección;
2). Presentar copia certificada íntegra de los estatutos sociales y sus modificaciones. Si de los estatutos no surgiera el carácter del o los firmante/s, deberá adjuntarse también copia certificada del acta donde se lo/s designa en tal cargo;
3). Acreditar una antigüedad mínima, desde la fecha de presentación del pedido de inscripción ante el Registro pertinente de Personas Jurídicas, de dos (2) años; y
4). Acompañar la nómina de las autoridades vigentes al momento de la inscripción, la cual tendrá carácter de declaración jurada.
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